En demasiadas ocasiones, las Memorias Anuales de Cotos de Caza se entienden como un mero documento que hay que realizar para estar en regla con Medio Ambiente. Sin embargo, la relevancia que puede tener para la gestión cinegética del coto es muy importante.

En este artículo te mostraré la importancia que tienen las Memorias Anuales de Cotos de Caza en el aprovechamiento cinegético de tu coto.

¿Qué son las Memorias Anuales de Cotos de Caza?

Las Memorias Anuales de Caza son un documento donde el Titular del Coto declara responsablemente a Medio Ambiente los resultados de la actividad cinegética del coto, es decir, cuántos individuos y bajo qué modalidades de caza se han capturado las especies de caza en la temporada cinegética que acaba de finalizar.

El objetivo que persigue la Administración con la exigencia de estas Memorias es el control del cumplimiento de lo reflejado en el Plan Técnico de Caza. Con ello, Medio Ambiente puede saber si se han capturado las especies cinegéticas de acuerdo al Plan Técnico de Caza o no.

 

¿Cuándo hay que presentar las Memorias Anuales de Caza?

El Titular de un Coto de Caza tiene la obligación de presentar todos los años antes del 30 de junio las Memorias Anuales de Caza de la temporada cinegética que acaba de finalizar.

La fecha más recomendable para la presentación de las Memorias Anuales de Caza es durante el mes de abril o mayo. En estas fechas ya ha terminado la temporada cinegética y resta bastante tiempo hasta la finalización del plazo de presentación de estas Memorias Anuales.

 

¿Cómo se tienen que presentar las Memorias?

Las Memorias se tienen que elaborar a través del Portal habilitado para ello dentro de la web de la Consejería de Medio Ambiente.

Una vez has rellenado el modelo y lo has enviado por internet, deberás imprimirlo para su presentación en papel en el Registro de la Consejería de Medio Ambiente que corresponda.

 

¿Qué importancia tienen las Memorias en la Gestión de un Coto de Caza?

Como se ha comentado anteriormente, las Memorias demuestran a Medio Ambiente el cumplimiento o no de las prescripciones del Plan Técnico de Caza de su coto. Por ello, la correcta gestión de estas Memorias Anuales de Caza te evitará los siguientes problemas:

 

  1. Cierre del Coto por no presentar las Memorias

Cuando no se presentan las Memorias, la Administración emite una notificación al Titular del Coto por la que se comunica que no se puede cazar en el coto hasta que no se presenten las Memorias de Caza. En caso de que el titular del acotado no cumpla con esta obligación, Medio Ambiente procederá a cerrar el coto.

 

  1. Sanciones, modificación de cupos o cierre del coto por no cumplir con los cupos de capturas del Plan Técnico de Caza

Las Memorias Anuales de Caza exponen los resultados de las jornadas de caza en el coto. Estos resultados se compararán con lo establecido en el Plan Técnico para poder determinar si el Titular ha cumplido o no con lo fijado en el Plan.

Por tanto, para evitar que durante la temporada cinegética se sobrepase los cupos establecidos o no se alcancen los cupos mínimos, en caso de cotos de caza cercados, es necesario llevar un control prácticamente diario de la actividad cinegética.

Si en las Memorias se declaran la captura de más individuos de los establecidos como cupo máximo o menos de los establecidos como cupo mínimo, la Administración podrá solicitar la justificación de esta situación y, en caso de incumplimiento de las obligaciones del Titular en el control de la actividad cinegética del coto, se podrán imponer las medidas que Medio Ambiente considere necesarias.

Cuando se incumplen los condicionantes sobre los cupos de capturas de un acotado, los perjuicios que suelen sobrevenir son:

  • Se sobrepasa el cupo de una especie: la Administración te puede imponer una sanción, la reducción del cupo de capturas de la especie para las próximas temporadas o el cierre cautelar del coto.
  • No se llega a cubrir el cupo mínimo de una especie en un coto de caza cercado: se te puede exigir el aumento del cupo para los próximos años o te pueden quitar las medidas de control de daños, como el aguardo nocturno.
  • No se cumple con la caza para control de daños de una especie: las medidas de control de daños son medidas complementarias a la caza normal de una determinada especie. Si no se caza eficientemente esta especie durante el período hábil, la Administración puede suponer que se está usando el método de control de daños como modalidad de caza y te pueden anular estas medidas de control para los próximos años.

 

En definitiva, las Memorias Anuales de Caza son una declaración responsable por parte del Titular de un Coto de Caza en el que se expone a la Administración los resultados de las jornadas de caza en la temporada cinegética que acaba de finalizar. El objetivo que tiene Medio Ambiente es poder controlar que la actividad cinegética desarrollada en un coto cumple con las especificaciones contenidas en el Plan Técnico de Caza.

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