El SIGPAC es un Sistema de Información Geográfica que identifica las parcelas declaradas por los agricultores y ganaderos en su declaración de la subvención de la PAC. Además de localizar las parcelas declaradas, lleva aparejada información de cada una de esas parcelas y recintos.

Cuando dicha información no concuerda con la realidad del campo, se debe de proceder a realizar las correspondientes Alegaciones al SIGPAC para su corrección.

Además de la información sobre la localización de cada parcela, el SIGPAC contiene la siguiente información:

  • Recinto: cada parcela está dividida en recintos
  • Uso del recinto: define el fin al que se dedica ese recinto. Puede ser, entre otros, olivar, pasto arbustivo, tierra arable,…
  • Superficie (has) del recinto
  • Perímetro: longitud del perímetro del recinto
  • Pendiente media (%)
  • Coeficiente de regadío (%): que parte de la superficie del recinto se dedica a regadío
  • Coeficiente de Admisibilidad de Pastos: que porcentaje de la superficie del recinto es apta para el consumo de pastos por parte del ganado.
  • Incidencias: son factores que afectan al recinto. Por ejemplo: una incidencia puede ser si está incluido el recinto en zona protegida.

¿Qué son las Alegaciones SIGPAC?

Son modificaciones que se hacen del SIGPAC debido a errores o datos que no identifican correctamente la parcela o recinto en cuestión.

Por ejemplo, si en un recinto el SIGPAC establece que el uso es de árboles frutales y, en realidad, son olivos, se deben de llevar a cabo las correspondientes alegaciones al SIGPAC para corregir esta situación.

¿En qué situaciones hay que hacer Alegaciones al SIGPAC?

Las alegaciones hay que hacerlas cuando concurran algunas de las siguientes circunstancias:

1. Cambio de uso del recinto. Cuando el cultivo que hay en la finca no corresponde con lo que establece SIGPAC. Por ejemplo, cuando se cambia una finca de tierra arable a olivar hay que hacer la modificación pertinente en SIGPAC. Para saber más entra en cambios de cultivo.

2. Cambio de sistema de explotación. Cuando se pasa de secano a regadío.

3. Cambio en recintos con frutales de cáscara. Cuando se producen las siguientes variaciones en la finca:

  • Cambio del número de plantas en la finca, bien por aumento o por descenso.
  • Cambio de una especie por otra: almendro, avellano, nogal, pistacho o algarrobo.
  • Cambio de la posición de las plantas en la finca.

4. Unificación de recintos. Cuando se pretenda la unificación de recintos contiguos del mismo titular que tengan las mismas condiciones de uso.

5. Elementos del paisaje. Cuando se pretenda incluir, cambiar su tipología y/o modificar su geometría.

6. Coeficiente de Admisibilidad de Pastos (CAP). Cuando se pretenda cambiar el coeficiente de pastos en la finca. Esto se suele hacer cuando se desbroza una zona de monte para establecer pastos para el ganado.

7. Eliminación de la incidencia de cultivos abandonados.

8. Capa de formaciones adehesadas. Cuando se pretenda incluir, modificar y/o excluir algún recinto de dicha capa.

¿Por qué es tan importante las Alegaciones SIGPAC?

Los datos de tu declaración de la PAC y la información del SIGPAC deben coincidir entre ellos y con la realidad de la finca. En caso de que no coincidan, el programa te abrirá una incidencia y te paralizarán la subvención.

¿Cuándo se tramitan las Alegaciones SIGPAC?

En Andalucía, y para el año 2019, se podrán presentar alegaciones al SIGPAC desde el día de inicio de presentación de la subvención de la PAC, hasta 25 días tras la finalización de este plazo.

En definitiva, las alegaciones SIGPAC son un procedimiento por el que se modifican los datos de esta plataforma para adecuarlos a la realidad de la finca. Para evitar problemas con la subvención de tu finca, es fundamental adecuar el SIGPAC a la realidad de tu terreno mediante la formulación de las correspondientes Alegaciones.

8 comentarios

  1. Me gustaria saber el caso concreto de un un recinto que actualmente tiene asignado un uso FO con coeficiente de adminsibilidad de pastos=0, al solicitar el cambio como formación adehesada, que coeficiente de adminsibilidad de pastos se le asignará?
    Y por otro lado, otra duda que tengo son los recintos con uso actual como TA , ¿no se les asigna ningun coeficiente de admisibilidad de pastos, o para solicitar un CAP es necesario que estén con algun uso de pastos? y en el caso de solicitar al cambio de TA a pastos, será posible realizar la siembra de especies forrajeras en ellas o como se ha de proceder a estos recintos con uso TA que llevan varios años sin cultivarse y que los aprovecha el ganado?
    Gracias.
    Un saludo.

    • Hola Jose María, el coeficiente de admisibilidad de pastos que te asignarán dependerá de cómo este la zona en relación a los pastos y cómo sea el técnico que haga la alegación al SIGPAC capaz de justificar la presencia de estos pastos. Las tierras arables no tienen coeficientes de admisibilidad de pastos ya que sería una tierra de cultivo y no de pastos. Para tener CAP se necesita que sea Pasto Arbolado. Si estas declarando TA donde no se cultiva tienes un alto riesgo de tener incidencias en la PAC. Si lo pasas a pastos y lo cultivas no tienes problemas con la PAC, de todos modos consúltalo directamente con la empresa o gestoría que te tramita la subvención. Un abrazo, Juan Casado

  2. buenas tengo unas parcelas de pastizal pero me pone que Coeficiente de Admisibilidad de Pastos es 0 como podria cambiar eso?

    • Hola Juan, se necesita un informe técnico donde se justifique que no es correcto el coeficiente de admisibilidad de pastos y se justifique apropiadamente cuál es el correcto. Un abrazo, Juan Casado.

    • Hola Jose, eso depende de tus derechos y el cultivo que tengas. Lo mejor es que preguntes a la entidad que te haga la PAC. Un abrazo, Juan Casado.

  3. Quiero hacer una alegación al Sigpac ahora, sobre una parcela que he arrendado. Se puede hacer? y como?

    MUCHAS GRACIAS

    • Hola Ángel, el plazo de alegaciones al SIGPAC se abre y se cierra según la resolución que cada año salga. Ahora mismo, en Andalucía, el plazo está cerrado por lo que te tienes que esperar al año que viene. Mientras tanto, puedes ir gestionando la actualización en Catastro para ir iniciando los trámites. Un saludo, Juan Casado.

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