Si tienes una finca en Producción Ecológica o estás pensando en inscribirte en ecológico, lo que tengo que decirte en este artículo te interesa.

El pasado 1 de enero de 2022 entró en vigor la Nueva Normativa de Producción Ecológica que regula toda esta actividad en Europa y deroga la normativa anterior.

Por eso, en este artículo vamos a ver cómo afectan estos cambios normativos a nuestras fincas y qué tenemos que tener en cuenta para gestionar adecuadamente nuestra finca en ecológico.

¿Qué normas son las que han cambiado respecto a la Producción Ecológica?

Son dos las nuevas normas que entran en juego en la gestión ecológica de nuestras fincas:

  • Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de mayo de 2018 sobre producción ecológica y etiquetado de los productos ecológicos.
Título de la normativa aplicable a producción ecológica y etiquetado de productos ecológicos

Este Reglamento Europeo es el que regula toda la producción ecológica y etiquetado de sus productos en toda la Unión Europea. Aunque sea una norma de carácter Comunitario, es de directa aplicación en los estados miembros, es decir, que es directamente aplicable a cualquier finca que se localice en el territorio Europeo.

  • Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1165 de la Comisión de 15 de julio de 2021 por el que se autorizan determinados productos y sustancia para su uso en la producción ecológica y se establecen sus listas
Título de la normativa que regula el listado de componentes permitidos para cultivo ecológico

En esta Normativa se recogen los fertilizantes, fitosanitarios y otros insumos que se pueden usar en la producción ecológica de alimentos, tanto con afección a las fincas como a las industrias que transforman los productos agrarios.

¿Qué ha cambiado en la nueva Normativa de Producción Ecológica con respecto a la anterior?

Incorporación de nuevos productos ecológicos:

Listado de nuevos componentes incluidos en la normativa para cultivo ecológico

Posibilidad de crear grupos de operadores:

En la normativa que ha quedado derogada, cada agricultor tenía que solicitar independientemente la certificación ecológica y soportar individualmente los gastos de la certificación. Esta situación hacía inviable económicamente la certificación en fincas pequeñas, considerando como pequeñas aquellas que:

  • Tengan menos de 5 hectáreas
  • En caso de invernaderos: que tengan menos de 0,5 hectáreas
  • En caso de pastos permanentes: que tengan menos de 15 hectáreas

Rotaciones en cultivos herbáceos:

Se deberá incluir el cultivo de leguminosas como cultivo principal en las rotaciones de los cultivos herbáceos.

Conservación y mejora del suelo:

El sistema de manejo del suelo se deberá enfocar para conseguir mejorar sus niveles de materia orgánica, evitar la compactación y la erosión. Para ello, se deberá utilizar Materia Orgánica tanto de origen animal como vegetal, usando también como herramienta el establecimiento de la cubierta vegetal.

Prohibido el cultivo hidropónico:

En esta nueva Normativa se prohíbe expresamente el cultivo sin suelo vivo, es decir, el cultivo hidropónico.

Como se comentaba anteriormente, aunque han cambiado ciertos aspectos, la mayoría de cuestiones que afectan directamente a la gestión de una finca se mantienen, como por ejemplo: el cuaderno de campo, las auditorías anuales de campo y los períodos de conversión.

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