¿Te encantan los aguardos nocturnos de jabalí y te gustaría saber cómo ir a cazar de aguardo de una forma legal?

En este artículo explicaré todo lo que tienes que conocer para conseguir cazar el jabalí en aguardo nocturno.

Hasta la entrada en vigor del Nuevo Reglamento de Caza de Andalucía, el aguardo nocturno se consideraba como un método de control de daños y no como una modalidad de caza.

La entrada en vigor de dicho reglamento, regulariza la situación de esta forma de caza considerándola como una modalidad más de caza mayor.

 

¿Cómo conseguir cazar el jabalí en aguardo nocturno?

Al igual que cualquier otra modalidad de caza, su autorización pasa por su incorporación en el Plan Técnico de Caza del Coto.

Si el coto tiene que renovar el Plan Cinegético podrá incorporarlo en ese momento. En caso de que aún tenga vigencia, podrás solicitar su modificación.

 

¿Qué condicionantes pone la Administración en la autorización de los aguardos nocturnos?

El Nuevo Reglamento de Caza de Andalucía establece los siguientes condicionantes que se deberá de cumplir durante la caza en Aguardo Nocturno:

  • Especie: la única especie permitida es el jabalí
  • Desde puesto fijo
  • Cotos: sólo podrá practicarse en cotos de caza mayor y en cotos de caza menor con aprovechamiento secundario de mayor. También, se podrá practicar en cotos de caza menor cuando se realice por daños
  • Máximo de cazadores: 3 cazadores por día y cada 250 hectáreas
  • Distancia entre puestos: 150 metros
  • Distancia a la linde del coto: 200 metros
  • Uso de luz artificial: se permite durante la acción de caza y en el momento del disparo, por motivos de seguridad
  • Uso de visor: se prohíbe el uso de visor en esta modalidad, salvo que se autorice excepcionalmente

 

¿Qué documentación hay que llevar al aguardo nocturno?

Para evitar problemas legales de ningún tipo es fundamental llevar consigo la siguiente documentación cuando se vaya a realizar el aguardo nocturno:

  • Resolución del Plan Técnico de Caza donde aparece la autorización del aguardo nocturno
  • Comunicación previa por escrito a la Guardia Civil y a Medio Ambiente, sólo en caso de que así se establezca en la resolución del plan técnico de caza
  • Documentación donde el titular autorice la caza en el coto a esa persona.
  • Documentación acreditativa del cazador: DNI, licencia de armas, licencia de caza, seguro del cazador y la guía de armas

 

¿Qué hacer con los animales abatidos?

La caza mediante aguardo nocturno es una forma de caza donde no se abaten muchos ejemplares en cada jornada. Por esta razón, y por el bajo precio de la carne de jabalí, no suele interesarle a las salas de despiece ir a por pocos animales. Por ello, la solución más común es destinar el jabalí abatido para autoconsumo.

Para poder hacer esto se debe de cumplir con lo siguiente:

  1. El coto debe tener autorizada por parte de Sanidad de la comarca correspondiente una Sala de Autoconsumo.
  2. Cada jabalí que salga de la finca debe de ir con una guía de transporte emitida por un veterinario registrado en el Organismo de Sanidad de la Comarca.

Si quieres conocer más sobre las salas de autoconsumo lee nuestro artículo dónde vas a conocer qué son y cómo conseguir tener una sala de autoconsumo en tu coto de caza.

 

En resumen, los aguardos nocturnos de jabalí en Andalucía son considerados como una modalidad más de caza mayor. Para conseguir que lo autoricen en tu coto es necesario incluirlo en el Plan Técnico de Caza.

14 comentarios

  1. Hola me llamo Juan Manuel y me gustaría saber cuáles son las autorizaciones excepcionales para el visor. un saludo

    • Hola Juan Manuel, la autorización es posible solo si se contempla en el Plan Técnico de Caza, en el resto de casos está prohibido. Un abrazo, Juan

  2. Buenos días mi consulta es la siguiente para llevar el jabali desde el coto asta mi domicilio que documentacion debo llevar encima gracias y espero su respuesta cazo en un coto de Sevilla y la distancia asta mi domicilio son 65 kilometros

    • Hola Jose Antonio. Deberás llevar una guía de transporte emitida por un veterinario. Además, deberás llevar tu documentación del coto y la de cazador.
      Para que un veterinario emita una guía de transporte deberás tener en el coto una sala de autoconsumo, por el contrario, el animal deberás venderlo o darlo a una industria cárnica. Te dejo cómo realizar una sala de autoconsumo en un coto de caza: https://gesmontes.es/salas-de-autoconsumo-en-cotos-de-caza/. Un abrazo, Juan Casado.

  3. En el nuevo reglamento de caza de 2017, artículo 72, apartado 4, dice que queda prohibido el transporte de piezas muertas en época de veda salvo autorización expresa, siempre y cuando se trate de pequeñas cantidades para su posterior consumo privado.
    Por otro lado en la autorización que tengo solo estipula la necesidad de medios de transporte adecuados hacia el lugar designado y de medios para realizar el examen, contenedores para desechos y compromiso de retirada de subproductos, solo si es montería, batida, gancho y batida de gestión.
    Entonces entiendo que no es necesario tener sala de autoconsumo para transportar el bicho.

    Puedes aclararme.
    Gracias.

    • Hola Manu, para transportar una pieza de caza mayor es necesaria la guía de transporte del veterinario. Esto no se regula en el Nuevo Reglamento de Caza, se regula desde Sanidad. Para que se pueda emitir una guía de transporte para autoconsumo es necesario tener una sala de evisceración o sala de autoconsumo. Un abrazo, Juan Casado.

  4. Hola
    Soy cazador portugues en andalucia, el plan tecnico del coto (caza mayor) aún tiene vigencia, te ruego informacion de como hacer su modificacion una vez que los cochinos estan producindo mucho daño en los pivos de maiz.
    Muchas gracias y un cordial saludo!

    • Hola Jorge. Necesitas contactar con un técnico para que realice una modificación del Plan Técnico para incluir la modalidad de caza por daños. Para cualquier modificación del Plan de Caza se necesita la firma de un técnico competente. Un abrazo, Juan Casado.

  5. Buenas, tengo un permiso por daños para un coto de caza, la sala de despiece es del mismo veterinario, que además me pilla de camino a casa, es legal transportar el animal abatido desde la finca hasta la sala de despiece sin guia? Es decir, solo con el papel de daños (que peone la dirección de la sala de despiece)

    • Buenas Álvaro, todo depende de la Comunidad Autónoma donde estés. En Andalucía no está permitido, el animal tiene que salir del coto con guía y, para ello, la sala debe estar dentro del coto. Un saludo, Juan Casado.

  6. Hola, yo lo tengo registrado en mi plan técnico la autorización de aguaros nocturnos. Tengo que solicitar algo mas a la Junta de Andalucía??

    • Hola Pedro, si son aguardos por daños se suele comunicar y si es una modalidad de caza en período hábil no es necesario. Lo que es necesario hacer viene recogido en la resolución aprobatoria del Plan Técnico de Caza. Un abrazo, Juan Casado.

    • Hola Javier, no, solo se permite para aportar comida y agua en período de escasez, pero en ningún caso se permite para cazarlos. Un abrazo, Juan Casado.

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